Impuesto Obligación unilateral de carácter coactivo surgida de una norma legal Clasificación de los impuestos Internos: aquellos que se crean en el ámbito territorial Externos: aquellos impuestos que gravan al negocio de exportación e importación (Imposición internacional) Ordinarios: impuestos habituales creados por la ley y soportados por la comunidad.
Hacen a las necesidades habituales de la comunidad Extraordinarios: creados en caso de emergencia (guerras, catástrofes) Personales o subjetivos: Consideran la situación especial del contribuyente y todos los elementos analizados bajo el concepto de capacidad contributiva Reales u objetivos: Interesa la cuantía de la riqueza.
En impuesto a las gcias en cabeza de una persona física es personal y en cabeza de una persona jurídica es real Directos: Hay que analizar la posibilidad de poder trasladar el peso del impuesto a un 3ro.
En gcias no es trasladable, ya que lo soporta el obligado al pago por haber hecho el acto incorporado en la norma legal Indirectos: Existen 2 figuras, el contribuyente de derecho, que es el sujeto definido en la norma legal pero traslada el impuesto a un 3ro.
y el contribuyente de hecho que es el que en definitiva soporta el impuesto Tomando en cuenta la capacidad contributiva son impuestos directos los que gravan la renta y al patrimonio, porque son formas inmediatas de capacidad contributiva Son indirectos los impuestos al gasto o al consumo, porque son formas mediatas de capacidad contributiva.
Fijos Proporcionales Progresivos Por clase Por escalones Por deducciones Si es por clase se divide por categorías y se aplica una tasa proporcional Los ingresos de 0 a 10000 sujetos a una tasa del 10%, los ingresos de 10.
000 a 20000 a una tasa del 20% y así sucesivamente Ventajas: su clasificación es rápida y de fácil identificaciónDesventajas: Cualquier salto produce un desfasaje impositivo que alienta al ocio.
Articulo enviado por: Cristian Dodero, Argentina.