El Sistema Monetario Europeo
En 1979 se instituyó el Sistema Monetario Europeo, o SME, con el propósito
de crear una zona de estabilidad cambiaria y de disciplina monetaria. Para
la consecución de estos objetivos, el SME cuenta con tres elementos
principales:
- European Currency Unit, o ECU
- El Mecanismo de Tipos de Cambio e Intervención
- El Mecanismo de Crédito
El SME establece:
- El tipo de cambio central de cada moneda partícipe respecto del ECU. A
partir de este tipo se obtienen los tipos de cambio centrales de cada
moneda comunitaria respecto de las restantes monedas del sistema.
- Exige a los Estados miembros una obligación de mantener estos tipos
dentro de una banda máxima de fluctuación, fijada inicialmente en ±2,25%,
con ciertas excepciones. Por ejemplo, cuando la libra esterlina, la peseta
y el escudo portugués se adhirieron al SME, lo hicieron en la banda ancha
del ± 6%. El SME entró en crisis en 1992-93, por razones económicas y
políticas. La peseta y el escudo experimentaron repetidas devaluaciones, y
la libra esterlina y la lira italiana salieron del SME. La crisis del SME
se solucionó con la ampliación generalizada de las bandas de fluctuación
hasta el ± 15%.
PAÍSES
- Incorporación al Mecanismo
- Cambiario
- Bélgica
- Luxemburgo
- Dinamarca
- Alemania
- Francia
- Irlanda
- Holanda
- Italia (1) 13-03-1979
- España 19-06-1989
- Reino Unido (2) 08-10-1990
- Grecia 14-03-1998
- Austria
- Finlandia 09-01-1995
- Suecia
- (1) Abandono temporal: 17-09-1992.
- Reingreso: 25-11-96
- (2) Abandono el: 19-09-1992.
El European Currency Unit, o ECU
Es una moneda cesta que actúa como la unidad de cuenta central del SME. En
el momento de su instauración el 13 de marzo de 1979, se incorporaron a
dicha cesta todas las monedas del SME. La dracma griega se incorporó el 17
de septiembre de 1984. La peseta y el escudo portugués se incorporaron el 21
de septiembre de 1989. El Consejo Europeo, hasta la entrada en vigor del
Tratado de la Unión Europea, en 1993, revisaba cada 5 años la composición
del ECU, en función de:
- La importancia relativa del Producto Interior Bruto de cada país.
- El volumen de comercio intracomunitario.
- La cuota de cada país en el Fondo Europeo de Cooperación Monetaria
- La composición del ECU no ha sido modificada desde septiembre de 1989,
ya que el Tratado de la Unión Europea establece que el ECU no será
sometido a revisiones hasta el establecimiento de la UEM.
- Por este motivo, las divisas de los países que forman parte de la
Unión Europea desde el 1 de enero de 1994 (chelín austríaco, marco
finlandés y corona sueca) no forman parte de la cesta del ECU. El
Mecanismo de Tipos de Cambio e Intervención. Entre cada par de divisas se
expresa el tipo central de cambio y los límites máximos, superior e
inferior, de oscilación, permitidos respecto del tipo central.
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