Deudas no comerciales
Figurarán valoradas por su precio de adquisición que en este caso será el
valor de reembolso. La diferencia entre dicho valor y la cantidad recibida,
figurará separadamente en el activo del balance; tal diferencia debe
imputarse anualmente a resultados en las cantidades que corresponda de
acuerdo con un criterio financiero. Las deudas contraídas por compra de
inmovilizado se valorarán por su nominal. Los intereses incorporados al
nominal, excluidos los que hayan integrado en el valor del inmovilizado,
figurarán por separado en el activo del balance imputándose anualmente a
resultados en las cantidades que corresponda de acuerdo con un criterio
financiero.Las cuentas de crédito figurarán en el balance por el importe
dispuesto, sin perjuicio de la información que debe suministrarse en la
memoria en relación con el importe disponible. Pues bien, si comparamos las
normas sobre créditos no comerciales con las de las deudas no comerciales
veremos que la valoración que establece el nuevo Plan en un caso y otro es
diferente. Los créditos no comerciales se registran por el " importe
entregado " mientras que las deudas no comerciales se registran no por el "
importe recibido " sino por su valor de reembolso. Esta asimetría en cuanto
al trato contable de esos y otros conceptos tiene su base en el principio de
prudencia cuya aplicación se manifiesta generalmente con el sentido
indicado.
El ejemplo que sigue lo desarrollamos bajo esta interpretación que es la que
hacemos de las normas sobre valoración de las deudas no comerciales. Al
comenzar un ejercicio, la sociedad A contrae una deuda a tres años que le
concede la sociedad B por 100 unidades, cantidad que la primera deberá
devolver a la segunda al correspondiente vencimiento. La cantidad
efectivamente percibida por la sociedad A asciende a 70 unidades. Se
prescinde de gastos y de impuestos. |