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ORGANIZACION DEL BANCO MUNDIAL
¿QUÉ ES EL DIRECTORIO EJECUTIVO?
En la actualidad, el Banco Mundial cuenta con 24 Directores Ejecutivos, que
cumplen sus funciones en la ciudad de Washington. Según el Convenio
Constitutivo, cinco de ellos representan a los países miembros con mayor
número de acciones. Alemania, Estados Unidos, Francia, Japón y el Reino
Unido. Los demás países miembros están representados por los 19 Directores
Ejecutivos restantes, cada uno de ellos elegido por un país o grupos de
países para cumplir un mandato de dos años. Los Directores Ejecutivos y el
Presidente del Banco Mundial –quién se desempeña como Presidente del
Directorio- son responsables de la conducción de las operaciones generales
del Banco y para este efecto ejercen los poderes que en ellos delega la
junta de Gobernadores.
¿QUÉ ES LA JUNTA DE GOBERNADORES?
Cada país está representado por la Junta de Gobernadores.
Los Gobernadores tienen facultad de decisión final dentro del Banco Mundial.
Se
reúnen todos los años para adoptar decisiones sobre aspectos fundamentales
de
la política del Banco, admitir o suspender a países miembros, decidir sobre
cambios en el capital autorizado, determinar la distribución del ingreso
neto
del BIRF y aprobar estados financieros y presupuestos.
¿DE DÓNDE PROVIENE EL PERSONAL DEL BANCO?
Más de la mitad es del continente americano (América del Norte, América
Central
y América del Sur); el resto proviene de distintos países del mundo. Esta
mezcla de nacionalidades propicia una fuerte cultura internacional en el
Grupo
del Banco Mundial.
¿CUÁNTAS PERSONAS TRABAJAN PARA EL BANCO MUNDIAL?
El Banco Mundial tiene más de 8.000 empleados en la ciudad de Washington y
unos
2.000 en los distintos países.
PAÍSES QUE PUEDEN RECIBIR FINANCIAMIENTO DEL BANCO MUNDIAL (BIRF Y AIF)
Pueden obtener créditos de la AIF únicamente los países muy pobres. Conforme
a las normas oficiales, pueden recibir financiamiento los países cuyo
ingreso medio anual per cápita es de hasta US$ 1.445. En la práctica, sin
embargo, los créditos de la AIF se otorgan a países cuyo ingreso medio anual
per cápita es de hasta US$885. Los países que tienen capacidad crediticia y
cuyo ingreso medio anual per cápita sea inferior a US$1.445 podrían recibir
financiamiento combinado del BIRF y la AIF. Por lo general, pueden obtener
préstamos del BIRF los países cuyo ingreso medio anual per cápita es de
menos de US$5.225. Cuando el ingreso medio anual per cápita de un país
sobrepasa los US$5.225, se inicia el proceso de "graduación" del BIRF.
INFORMACIÓN GENERAL SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS DE ADHESIÓN AL GRUPO DEL
BANCO MUNDIAL. Procedimientos generales:
- Para poder ingresar en el Banco Internacional de Reconstrucción u
Fomento (el
Banco), los países deben ser miembros del Fondo Monetario Internacional
(el
Fondo). Además, para ingresar a la Corporación Financiera Internacional (CFI),
la
Asociación Internacional de Fomento (AIF) y el Organismo Multilateral de
Garantía de Inversiones (OMGI), los países deben ser miembros del Banco.
Cabe
señalar, sin embargo que los procedimientos de ingreso en el Fondo, el
Banco,
la CFI, la AIF, y el OMGI se pueden completar de forma relativamente
simultanea. A continuación se adjunta también información sobre el ingreso
en
el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones
(CIADI).
- Los procedimientos son, por lo general, los siguientes. El primer paso
formal
que debe dar un futuro miembro es presentar una solicitud de ingreso. Tras
recibir las solicitudes y luego de determinarse la cuota del Fondo, se
consulta
a las autoridades del país solicitante si consideran aceptables las
suscripciones correspondientes propuestas para el Banco, la CFI, la AIF, y
el OMGI. Una ves que se ha confirmado que esas suscripciones son
aceptables, los Directores Ejecutivos del Banco y de la AIF y las Juntas
de Directores de la CFI y del OMGI analizan las solicitudes. Si el
resultado es favorable, los Directorios y Juntas mencionados recomiendan a
las Juntas de Gobernadores (el Consejo de Gobernadores, en el caso del
OMGI) que se admita al país solicitante como miembro en los plazos y
condiciones que se especifiquen en las resoluciones aprobadas por las
Juntas de Gobernadores.
La votación suele tardar unas seis semanas. Durante ese tiempo las
autoridades
del país solicitante deben adoptar las medidas necesarias de acuerdo con
sus procedimientos constitucionales (incluida la sanción de leyes) para
que puedan
efectuar el pago de las suscripciones y asumir las obligaciones que
corresponden a los miembros de las organizaciones.La naturaleza precisa de
esas medidas y el contenido las leyes propuestas se analizarán con el
equipo jurídico del Banco y serán, por lo general, similares a los
relacionados con la adhesión al Fondo. Cuando se hayan aprobado las
resoluciones de adhesión, se haya efectuado el pago de las suscripciones,
se hayan suministrado los documentos estipulados a las organizaciones y el
país solicitante haya firmado el Convenio Constitutivo del Fondo, el país
solicitante estará en condiciones de firmar el original del Convenio
Constitutivo del Banco, de la CFI y de la AIF y del OMGI en la ciudad de
Washington y de depositar el instrumento de ratificación del Convenio
Constitutivo del OMGI, completando de ese modo el proceso de adhesión.
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Articulo enviado por: Rocio Villavizar, Venezuela
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